XXIII JUEGOS NACIONALES DEPORTIVOS
DE SERVIDORES PÚBLICOS
SANTIAGO DE CALI SEPTIEMBRE 6 AL 13 DE 2026
NORMAS GENERALES DE PARTICIPACIÓN
CAPITULO I. DE LA FECHA Y LA SEDE
Artículo 1º. Que el Comité Ejecutivo de la Corporación Nacional Deportiva de Servidores Públicos “CORDEMO”, por medio de la Resolución N°004 de septiembre 15 de 2025, definió como sede la Ciudad de Santiago de Cali de los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos, bajo la organización de la Alcaldía de Santiago de Cali, con el apoyo de la Corporación Nacional Deportiva de Servidores Públicos CORDEMO; Las justas deportivas se realizarán del 6 al 13 de septiembre de 2026.
CAPITULO II. DE LOS OBJETIVOS
Artículo 2º. Los Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos son de carácter formativo y competitivo y cumplen los siguientes objetivos:
- Estrechar los lazos de amistad y compañerismo, en busca de la integración de los funcionarios públicos de las administraciones departamentales y municipales del país.
- Proporcionar a las delegaciones un ambiente idóneo, sano y de proyección para el descanso físico, mental y espiritual por medio de la práctica deportiva.
- Crear conciencia deportiva entre los servidores de la administración pública, fundamentada en los principios de solidaridad y respeto mutuos.
- Facilitar los mecanismos, estrategias y logística general para que los funcionarios de las administraciones departamentales y municipales mejoren su nivel deportivo.
- Propiciar por medio de la expresión del deporte, la optimización de condiciones necesarias para el normal desempeño de nuestra vida diaria.
- Impulsar el mejoramiento de la calidad laboral y calidad de vida de los empleados afiliados y su núcleo familiar.
CAPITULO III. DE LA ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN
Artículo 3º. La organización y dirección de los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos estará a cargo de:
DIRECTOR HONORARIO:
Dr. Alejandro Eder Garces- alcalde del Santiago de Cali.
DIRECTOR GENERAL:
Dr. Alexander Camacho Herazo – secretario de deporte de la Alcaldía de Santiago de Cali.
DIRECTOR EJECUTIVO:
Dr. Joaquín Ismael Valencia Díaz – presidente de CORDEMO.
COMITÉ ORGANIZADOR:
- Comité Ejecutivo de CORDEMO
- El director general de los juegos como Representante de la Alcaldía de Santiago de Cali
- FISCAL DE CORDEMO
- Dra. Gloria Cecilia García García – Miembro Honorario de CORDEMO
COMISIONES DE APOYO:
✔ Comisión Deportiva y Escenarios ✔ Comisión de Seguridad
✔ Comisión Financiera ✔ Comisión de Alojamiento y Turismo
✔ Comisión de Transporte ✔ Comisión de Logística:
✔ Comisión de Protocolo y Prensa ✔ Comisión de Inscripciones y Acreditaciones
Artículo 4º. Las funciones básicas de los anteriores organismos serán las siguientes:
DIRECTOR HONORARIO: Velar por la transparencia de las Justas Deportivas.
DIRECTOR GENERAL: Es el representante oficial del Comité Organizador, quien tiene a su cargo la dirección y control del evento.
DIRECTOR EJECUTIVO: Tiene como funciones centralizar las labores administrativas y velar por el buen desarrollo de los juegos.
COMITE ORGANIZADOR: Tiene como misión fijar las pautas y políticas generales de trabajo para la organización y realización de los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos. Evalúa y controla su ejecución.
FISCAL CORDEMO: Velar por el estricto cumplimiento de la reglamentación, deberes y derechos de todos los participantes de los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos.
COMISIÓN TECNICA:
- Verificar los pormenores de los diferentes deportes de los XXIII Juegos.
- Participar en las reuniones previstas donde se traten aspectos técnicos.
- Realizar los congresillos técnicos por disciplina y sus respectivos sorteos.
- Realizar reuniones técnicas diarias durante los días de la realización de los juegos.Apoyar la divulgación de los comunicados, informes y resoluciones expedidos por la comisión disciplinaria y la dirección de los juegos.
- Cumplir y hacer cumplir el reglamento de los juegos.
- Cumplir y hacer cumplir la programación de los juegos.
- Fomentar la práctica del juego limpio y el respeto a los contendores.
- Revisar diariamente los escenarios.
- Elaborar los resultados diarios de amarillas, rojas, amonestaciones para definir el juego limpio.
- Exigir a los jueces los informes y planillas debidamente detallados, diligenciados y firmados.
- Exigir a los jueces la aplicación estricta del reglamento general y específico de los juegos.
- Exigir a los deportistas el uso de la indumentaria para la práctica del deporte específico.
- Dar respuesta amable y respetuosa a las inquietudes presentadas por deportistas, cuerpo técnico y directivo de los juegos.
- Informar oportunamente y por escrito a la comisión disciplinaria de cualquier acto que atente contra el sano desarrollo de los juegos, o el incumplimiento del reglamento por alguno de sus participantes.
- Elaborar un informe final del desarrollo técnico de los juegos.
- El incumplimiento a las anteriores funciones puede acarrear las sanciones pertinentes.
COMISION DISCIPLINARIA: Conocer y resolver sobre aspectos disciplinarios de los XXIII
Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos.
Las Anteriores comisiones y el comité organizador se reunirán a solicitud del director general, director ejecutivo o del 50% de los presidentes de las delegaciones participantes en los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos.
COMISIONES DE APOYO: Planear, programar, ejecutar y controlar todos los aspectos de tipo logístico y económico inherentes a su área, con el fin de coadyuvar al normal desarrollo del evento.
CAPITULO IV. DE LAS DISCIPLINAS DEPORTIVAS
Artículo 5º. Los deportes incluidos en los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos son:
Ajedrez, Atletismo, Baloncesto, Billar (3 bandas), Billar pool (Bola 9), Bolos, Ciclismo, Dominó, Fútbol, Fútbol de Salón, Minitejo, Natación, Parques, Sapo, Softbol, Tenis de Campo, Tenis de Mesa, Tejo, Voleibol y Vóley-playa.
Artículo 6º. Los torneos se realizarán con las siguientes condiciones de participación de acuerdo con la determinación de la edad la cual se tomará de la siguiente manera:
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- Fútbol Masculino: En el campo de juego deben permanecer como mínimo 3 jugadores mayores de 35 años, 3 jugadores mayores de 40, 1 jugador mayor de 45, 1 mayor de 50 años y los 3 restantes son libres desde los 18 hasta los 80 años
- Fútbol de Salón masculino, Voleibol y Baloncesto ambas ramas: En el campo de juego deben permanecer como mínimo 2 jugadores mayores de 40 años y 1 jugador mayor de 35 años y los 2 restantes son libres desde los 18 hasta los 80 años
- Futbol de Salón Femenino: en el campo de juego deben permanecer como mínimo 1 jugadora mayor de 35 y 1 mayor de 40 años y los 3 restantes son libres desde los 18 hasta los 80 años
- Softbol: En el line up deben permanecer 2 mayores de 35 años, 4 mayores de 40 años incluyendo los pichers y uno mayor de 50 años; Se aplicará el corredor de cortesía y los restantes son libres desde los 18 hasta los 80 años
- Reglamentar para las modalidades de Atletismo, Ciclismo y Natación, tendrá categorías así:
CATEGORIA A: Hasta de 39 años.
CATEGORIA B: Desde 40 años hasta 49 años.
CATEGORIA C: De 50 años en adelante.
Parágrafo 1: Para los relevos debe participar mínimo uno de la categoría B y uno de la C, o dos de la C.
Parágrafo 2: Los participantes inscritos en la categoría C, pueden participar en la categoría A y/o B, Pero no a la inversa; y los inscritos en la categoría B, pueden participar en la categoría A, pero no a la inversa; El deportista que se baje de categoría debe permanecer en esta durante todas las pruebas.
Los torneos de las demás disciplinas deportivas serán en categoría libre.
Artículo 7º. El número máximo de deportistas por disciplina y cantidad sugerida para los delegados, entrenadores y administrativos:
| DEPORTE | DEPORTISTAS | ENTRENADOR | DELEGADO | TOTAL | |
| Masc. | Fem. | ||||
| Ajedrez Mixto | 4 | 1 | 1 | 6 | |
| Atletismo | 12 | 12 | 1 | 1 | 26 |
| Baloncesto | 12 | 12 | 1 | 1 | 26 |
| Billar 3 Bandas | 4 | 1 | 1 | 6 | |
| Billar Pool | 4 | 1 | 1 | 6 | |
| Bolos | 5 | 5 | 1 | 1 | 12 |
| Ciclismo | 12 | 12 | 1 | 1 | 26 |
| Dominó | 3 | 1 | 1 | 5 | |
| Fútbol | 23 | 1 | 1 | 25 | |
| Fútbol de Salón | 12 | 12 | 1 | 1 | 26 |
| Minitejo | 5 | 5 | 1 | 1 | 12 |
| Natación | 12 | 12 | 1 | 1 | 26 |
| Parques | 4 | 1 | 1 | 6 | |
| Sapo o Rana | 5 | 1 | 1 | 7 | |
| Softbol | 18 | 1 | 1 | 20 | |
| T. de Campo | 4 | 4 | 1 | 1 | 10 |
| T. de Mesa | 4 | 4 | 1 | 1 | 10 |
| Tejo | 5 | 1 | 1 | 7 | |
| Voleibol | 12 | 12 | 1 | 1 | 26 |
| Volei_Playa | 2 | 2 | 1 | 1 | 6 |
| TOTAL | 162 | 92 | 20 | 20 | 294 |
| Presidente Delegación | 1 | 1 | |||
| Delegado de Cordemo (oficiales) | 1 | 1 | |||
| Delegado Deportivo General | 1 | 1 | |||
| Periodista | 1 | 1 | |||
| Medico | 1 | 1 | |||
| Fisioterapeuta | 2 | 2 | |||
| Utilero | 1 | 1 | |||
| TOTAL | 302 | ||||
Nota 1: El presidente de la delegación es el representante ante el ente territorial y el delegado de CORDEMO es el enlace ante CORDEMO, el presidente puede ser el delegado de CORDEMO.
Nota 2: Las delegaciones que se inscriban para las disciplinas de Natación, Ciclismo, Atletismo y Triatlón, que no asistan a las pruebas correspondientes sin justa causa tendrán como sanción el descuento de 10 puntos en el puntaje definitivo.
Cada escenario deportivo contará con un apoyo logístico, el cual será asumido por la sede. Dicho apoyo será responsable de verificar que se cumpla con el reglamento de cada disciplina y responsables de las planillas de cada uno de los encuentros para entregarlos a CORDEMO al finalizar cada uno de los mismos.
CAPITULO V. DE LOS PARTICIPANTES
Artículo 8º. Podrán participar de los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos en cada uno de los deportes oficialmente programados, por derecho propio los entes territoriales de orden departamental y municipal asociados a la Corporación y previa invitación los otros entes territoriales que cumplan los requisitos aquí establecidos.
La participación de todo deportista se hará por entidad territorial, mediante inscripción oficial realizada ante la Comisión de Inscripciones y Acreditaciones por intermedio del presidente y/o delegado de cada Departamento o Municipio. En ninguna circunstancia se permitirá participaciones a título personal.
Podrán participar en representación de un departamento o de un municipio, los servidores públicos que estén debidamente posesionados en su cargo e igualmente los que están vinculados mediante contrato de trabajo (Trabajadores oficiales); los concejales y Diputados; los jubilados y pensionados de los entes territoriales.
Podrán participar en los Juegos las personas que hayan sido contratadas para prestación de servicios o de consultoría (persona natural), con un contrato vigente de tres (3) meses directamente con el ente territorial o alguno de sus Entes Descentralizados, que cobije todo el tiempo que dure los juegos y un día más.
No se permitirá la participación en los Juegos, en su respectiva disciplina, a deportistas que estén o hayan participado en deporte asociado (es el desarrollado por un conjunto de entidades de carácter privado o público organizadas jerárquicamente con el fin de desarrollar actividades y programas de deporte competitivo de orden municipal, departamental, nacional e internacional que tengan como objeto el alto rendimiento de los deportistas afiliados a ellas), el deporte asociado se cumple tanto para las disciplinas de conjunto como para las individuales; o los participantes de bola rápida de Softbol; durante los últimos tres (3) años, excepto aquellos eventos Sénior Master, en torneos nacionales o internacionales.
En la disciplina de Ajedrez, no podrán participar jugadores que en los últimos 3 años hayan tenido un ELO superior a 2.000 puntos.
Disciplinas que serán consideradas afines, esto quiere decir que los que cumplan con el párrafo anterior en una de estas disciplinas quedan inhabilitados tanto para la disciplina en la que participó y la disciplina afín.
- Béisbol – Softbol.
- Voleibol – Volei_Playa.
- Futbol – Futbol de Salón – Futbol Sala – Futbol Playa
- Natación – Wáter Polo – Apnea (todas las disciplinas acuáticas).
- Atletismo – Marcha.
- Ciclismo – Ciclo montañismo (todas las disciplinas relacionadas con el ciclismo).
CAPITULO VI. DE LAS INSCRIPCIONES
Artículo 9º. Para poder participar en los Juegos, las gobernaciones y alcaldías asociadas y/o invitados, deberán inscribir a sus funcionarios deportistas según procedimiento establecido por CORDEMO.
- La inscripción previa: se manejará la planilla en Excel con el fin de que sea diligenciada y se entregue en el tiempo estipulado en el artículo 13 º de este documento.
- La inscripción definitiva: se manejará la planilla en Excel con el fin de que sea diligenciada y se entregue en el tiempo estipulado en el artículo 13 º de este documento.
- Para servidores públicos: certificado de vinculación laboral grupal o individual, expedida por el jefe de Personal correspondiente o quien ejerza sus funciones, con vigencia no superior a treinta (30) días; Este documento puede ser un certificado grupal o individual.
DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA INSCRIPCION
- Para contratistas: certificado del contrato expedido por el supervisor o interventor que contenga (Fecha de inicio, suspensiones si las ha tenido, vigencia, # de contrato) con vigencia no superior a treinta (30) días o pantallazo del secop donde aparezca los ítems anteriores.
- Para todos los participantes de la delegación, una fotografía reciente a color, tamaño cédula, esta se colocará en la planilla de fotos enviada por CORDEMO.
- Para todos los participantes de la delegación, Copia de la Cédula de ciudadanía.
- Resolución o acto administrativo que otorgue el permiso de asistencia a los Servidores Públicos a los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos 2026, para toda la delegación. se entrega Física a CORDEMO en la fecha estipulada.
Artículo 10º. Un deportista podrá participar en máximo dos (2) disciplinas diferentes; a excepción de:
- Los dignatarios como gobernadores, alcaldes y primeras damas, que podrán participar en varias disciplinas que se programen en el evento.
- En caso de lesión comprobada por concepto médico de la Eps de un deportista, este podrá ser remplazado por un deportista de la delegación a la que pertenece. Esta solicitud se debe hacer ante la comisión técnica de los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos 2026, la cual debe responder una hora después de la solicitud por medio de una autorización escrita en la escarapela la cual deberá ser presentada ante el coordinador de la disciplina.
Artículo 11º. Las planillas serán firmadas y avaladas por el gobernador o el alcalde o quien tenga esta facultad en la entidad y/o el presidente de la delegación o delegado del ente territorial, quienes serán responsables de la veracidad y autenticidad de los documentos y datos consignados en ella.
Artículo 12º. Para poder participar en los Juegos, cada delegado debe garantizar que quien haga parte de la delegación está afiliado a la Corporación Nacional Deportiva de Servidores Públicos CORDEMO, el valor de la cuota ordinaria por participante fue determinado en Asamblea General Ordinaria; la cual es $190.000 (Ciento Noventa Mil Pesos M/L) por cada uno de los inscritos en la Planilla Oficial de los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos (Presidente, delegados, deportista, entrenadores, fisioterapeuta, medico, y otros), esta se debe consignar en el Banco BBVA Medellín en la cuenta Corriente N°560-002248. A nombre de CORDEMO sin excepción de lo contrario no podrán participar.
Artículo 13º. El proceso de inscripción para participar en los Juegos se deberá diligenciar ante la Corporación Nacional Deportiva de Servidores Públicos CORDEMO y se realizará en cuatro fases así:
Fase 1: Inscripción previa por disciplina hasta el día 15 de julio de 2026, indicando deportes y ramas por cada disciplina a inscribir por el ente territorial, diligenciando la planilla previa de los entes territoriales y enviarla E-mail cordemo2005@hotmail.com.
Fase 2: Inscripción definitiva de planilla hasta el día 6 de agosto de 2026. Por deportista en cada deporte, diligenciada y anexando los documentos solicitados en el lugar que CORDEMO designe.
Fase 3: Pago de inscripciones hasta el día 16 de agosto de 2026. Enviar el soporte de la consignación al E-mail cordemo2005@hotmail.com.
Fase 4: Cambios extraordinarios por fuerza mayor. (Desvinculación, incapacidad comprobada, por necesidad del servicio laboral o muerte) del 1 al 6 de septiembre de 2026.
El Congreso Técnico de los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos: se realizará en la Ciudad de Santiago de Cali, el 3 de septiembre del 2026, iniciando a las 2 pm.
Congresillos Técnicos: Estos se realizarán en la ciudad de Santiago de Cali y deben asistir los delegados de cada disciplina de los entes territoriales y la escuela de árbitros correspondiente, el siguiente cuadro presenta la programación.
| HORA | FECHA | DISCIPLINA | RESPONSABLE COMISIÓN TÉCNICA -CORDEMO |
| 10:00 A.M. | 6-9-2026 | BOLOS | Jacqueline Rodríguez Cruz – Sede Cordemo |
| 10:00 A.M | 6-9-2026 | ATLETISMO | Eileen Eronie Stephens Bowie – Sede Cordemo |
| 10:00 A.M. | 6-9-2026 | SAPO | Wilton Galíndez Salamanca – Sede Cordemo |
| 2:00 P.M | 6-9-2026 | TEJO Y MINITEJO | Jaqueline Cruz – Sede Cordemo |
| 2:00 P.M. | 6-9-2026 | TENIS MESA | Alonso Toscano Niño – Sede Cordemo |
| 2:00 A.M. | 6-9-2026 | BILLAR POOL y BILLAR BOLA 9 | Wilton Galíndez Salamanca – Sede Cordemo |
| 7:00 A.M. | 7-9-2026 | NATACIÓN | Jacqueline Rodríguez Cruz – Piscina |
| 8:00 A.M. | 7-9-2026 | AJEDREZ | Ewar Torres Buelvas – Comfenalco Cañasgordas |
| 8:00 A.M. | 7-9-2026 | TENIS CAMPO | Alonso Toscano Niño – Cancha de tenis de campo |
| 8:00 A.M. | 7-9-2026 | PARQUES | Wilton Galíndez Salamanca – Comfenalco Cañasgordas |
| 10:00 A.M. | 7-9-2026 | DOMINO | Ewar Torres Buelvas – Comfenalco Cañasgordas |
| 5:00 P.M.. | 7-9-2026 | CICLISMO | Alonso Toscano Niño – Sede Cordemo |
| 5:00 P.M. | 11-9-2026 | TRIATLHON | Joaquin Valencia Diaz – Sede Cordemo |
CAPITULO VII. DE LAS NORMAS GENERALES DE COMPETENCIA
Artículo 14º. Los torneos en cada deporte serán organizados y dirigidos por el Comité Organizador de los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos y será juzgado por las ligas y/o Colegios de Árbitros oficialmente designados por dicho Comité, quienes serán la máxima autoridad en el campo de juego en desarrollo de las actividades para las cuales fueron asignados.
Artículo 15º. Cada torneo de los juegos se desarrollará de acuerdo con la programación, horarios y escenarios que asigne el Comité Organizador. Así mismo, definirá la fecha, hora y lugar para los partidos y pruebas que por fuerza mayor no puedan realizarse de acuerdo con la programación oficial.
Parágrafo: Se entiende por fuerza mayor las siguientes eventualidades.
- Imposibilidad técnica del escenario a criterio del juez.
- Falta de garantías ocasionadas por el personal externo a los juegos, a juicio del Comité Organizador.
- Falla comprobable en el transporte programado por el Comité Organizador.
- Ausencia total de los jueces designados para la competencia.
Artículo 16º. La regulación técnica en cada deporte serán los reglamentos específicos para cada deporte oficial de Cordemo, los casos que no son contemplados en la reglamentación se regirán por la reglamentación de las Federaciones Nacionales de la respectiva disciplina deportiva.
Artículo 17º. Los deportistas competidores deberán presentarse, mínimo treinta (30) minutos, antes de la hora oficial programada por el comité Organizador, para el inicio de la competición, uniformados y con la implementación requerida para su deporte y su respectiva escarapela la cual debe ser presentada a los jueces.
Artículo 18º. El único documento de identificación de los deportistas, válido para los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos será la escarapela expedida por el Comité Organizador en el cual se especificará su validez para el torneo correspondiente.
Parágrafo 1: La organización se reserva el derecho a solicitar el documento de identificación en original.
Parágrafo 2: Queda expresamente prohibido el ingreso a los bancos de suplentes de personal que no cuenten con la acreditación de la disciplina respectiva en desarrollo, a excepción de: presidente de la delegación, Medico, Fisioterapeuta y kinesiólogo.
Artículo 19º. Deportista o equipo que no cumpla con lo reglamentado en los artículos 17, 18 o lo contemplado en el reglamento específico de su deporte, se declarará perdedor por W-O. (Walk out)
Artículo 20º. Deportista o equipo que pierda un encuentro o prueba por W-O, durante la realización del torneo, sin justa causa será sancionado de acuerdo con el estudio realizado por el comité disciplinario.
Artículo 21 º. El equipo o el jugador que realice cualquier intento de gresca hacia los árbitros, compañeros, equipo contrario y/o a las barras, será descalificado automáticamente del partido siguiente a espera de la sanción impuesta por la Comisión Disciplinaria.
Artículo 22º. Para que un torneo, competencia o prueba tenga validez dentro de los juegos, deberán inscribirse oficialmente mínimo cuatro (4) delegaciones (entiéndase como delegación Ente Territorial inscrito), en su defecto ésta se declarará desierto, no se programará y no dará lugar a puntuación, ni premiación.
Parágrafo. Si se presenta una sola delegación de las inscritas al desarrollo del torneo o competencia de una disciplina, esta participará y será premiada.
Artículo 23º. Será responsabilidad de los entes territoriales participantes el tema de la EPS y ARL de su delegación.
CAPITULO VIII. DE LA PUNTUACIÓN GENERAL Y LA PREMIACIÓN
Artículo 24º. El cuadro de honor en cada torneo resultará de la sumatoria de los puntos obtenidos en cada uno de ellos, de acuerdo con la asignación que contempla el respectivo artículo, se aplicará la siguiente puntuación para cada deporte en cada una de sus ramas:
Parágrafo: Para la disciplina de Ajedrez, al torneo clásico se asignará el 75% del puntaje y al Blitz el 25%
| PUESTO | PUNTOS |
| Primer Puesto | 10 |
| Segundo Puesto | 6 |
| Tercer Puesto | 4 |
| Cuarto Puesto | 2 |
En caso de empate en puntos por delegación, ganará la delegación que tenga el mejor clasificado.
Artículo 25º. La definición del cuadro de honor de los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos se asignará la siguiente Puntuación a cada una de las 21 Disciplinas, así:
| PUESTO | PUNTOS |
| PRIMERO | 26 |
| SEGUNDO | 16 |
| TERCERO | 12 |
| CUARTO | 6 |
El cuadro de honor y el campeón general de los Juegos resultará de la sumatoria individual de los puntos obtenidos en todas las Disciplinas, de acuerdo con la asignación que contempla, por cada una de las delegaciones participantes en el evento.
En caso de empate se resolverá a favor de aquel que haya obtenido, en su orden, mayor número de primeros, segundos y terceros puestos y así sucesivamente.
Artículo 26º. El Comité Organizador otorgará la siguiente premiación:
- A los tres primeros puestos de la puntuación general: trofeo.
- Al Campeón de cada rama por disciplina: Trofeo.
- Al primero, segundo y tercer lugar en cada modalidad: Medallas de oro, plata y bronce respectivamente
- A las delegaciones participantes: Placa como reconocimiento a su participación.
Artículo 27°. Juego Limpio: El puntaje del Juego Limpio se tendrá como criterio de clasificación únicamente para respectiva fase y se establecerá de acuerdo con los siguientes parámetros:
- Cada tarjeta amarilla dará 5 puntos.
- Cada tarjeta azul dará 10 puntos.
- Faltas técnicas dará 5 puntos.
- Cada expulsión de jugadores dará 15 puntos.
- Cada expulsión de miembros del Cuerpo Técnico dará 20 puntos.
- La expulsión por agresión a los árbitros, a miembros del Comité Organizador o Autoridades del torneo dará 40 puntos.
- El equipo que supere los 150 puntos queda automáticamente excluido de la clasificación del Juego Limpio.
- A los jugadores, delegados y entrenadores se les prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias alucinógenas durante la jornada de juego (obligatorio). En caso de presentarse el juez no debe permitir su participación y debe oficiar a la Comisión Disciplinaria, la cual deberá iniciar el proceso respectivo conforme al procedimiento reglado en el código de penas y sanciones. Si el fallo es sancionatorio será informado al ente territorial que representa. En caso de incurrir en esto su equipo perderá 100 puntos en el juego limpio y se expulsará de los juegos a las personas relacionadas.
CAPITULO IX. DE LAS SANCIONES Y RECLAMACIONES
Artículo 28º. Se aceptarán tres (3) clases de reclamos: disciplinarios, técnicos y administrativos, siempre y cuando sean presentados por escrito y firmados por el delegado del deporte o el presidente de la delegación respectiva.
Parágrafo: El horario hábil de los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos 2026, es de 6 am a 11 pm.
Parágrafo 1. Todos los reclamos deben ser dirigidos al Comité Organizador de los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos, dentro de las tres (3) horas hábiles siguientes a la culminación del encuentro o prueba o situación presentada en cualquier lugar, objeto de reclamación; Este comité direccionara los reclamos dependiendo del tema a la comisión disciplinaria o Técnica a quien corresponda.
Reclamos DISCIPLINARIOS deberán ser dirigidos al Comité Organizador de los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos, dentro de las tres (3) horas hábiles siguientes a la culminación del encuentro o prueba o situación presentada en cualquier lugar, objeto de reclamación. Lo recibe la secretaria ; de Cordemo y lo direcciona al comisión disciplinaria; Dicha comisión, dentro de las cinco (5) horas hábiles siguientes a la recepción del reclamo, estudiará, fallará y comunicará a las delegaciones involucradas en el fallo, de acuerdo a la reglamentación correspondiente de la disciplina, estos reclamos deben ir acompañados de una caución en efectivo equivalente al 20% de un salario mes mínimo legal vigente ($350.000) y será reembolsable solamente el 50% de la caución si el fallo es a su favor, contra el acto expedido procede recurso de reposición y en subsidio de Apelación.
- Reclamos TÉCNICOS deberán ser dirigidos al Comité Organizador de los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos, dentro de las tres (3) horas hábiles siguientes a la culminación del encuentro o prueba o situación presentada en cualquier lugar, objeto de reclamación. Lo recibe la secretaria; de Cordemo y lo direcciona a la comisión Técnica. Dicha comisión, dentro de las cinco (5) horas hábiles siguientes a la recepción del reclamo, estudiará, fallará y comunicará a las delegaciones involucradas en el fallo, de acuerdo a la reglamentación correspondiente de la disciplina, estos reclamos deben ir acompañados de una caución en efectivo equivalente al 20% de un salario mes mínimo legal vigente ($350.000) y será reembolsable solamente el 50% de la caución si el fallo es a su favor, contra el acto expedido procede recurso de reposición y en subsidio de Apelación.
- Reclamos ADMINISTRATIVOS: son los reclamos de temas administrativos y de organización de los Juegos, no requieren caución y deben dirigirse al Comité Organizador de los XXIII Juegos dentro de las tres (3) horas hábiles siguientes a la presentación del suceso, objeto de reclamación. Lo recibe la secretaria; de Cordemo y lo direcciona al Comité Organizador; Dicho Comité, dentro de las cinco (5) horas hábiles siguientes a la recepción del reclamo estudiará, fallará y comunicará a las delegaciones involucradas en el fallo, de acuerdo con la reglamentación correspondiente.
Artículo 29º . Los aspectos no contemplados en el presente reglamento serán resueltos con plena autonomía por el Comité Organizador de los XXIII Juegos Nacionales Deportivos de Servidores Públicos.
